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kloi (19K) Resolución Comisión de Lengua

- Que /θ/ en extremeño se escriba con c + e, i y ç + a, o, u: cerillu, cientu, çachu, poçoña, moçu.

- Que /ð/ en extremeño se escriba siempre con z: estenazas, azetuna, izil, zorru, pozu.

- Que /s/ en extremeño se escriba con s en posición inicial y tras consonante (servil, cansau) y ss en posición intervocálica (massa, passal).

- Que /z/ en extremeño se escriba siempre con s entre vocales (casa, misa, golosu) y en las liaisons (los ojus, imus a cantal).

- Que /b/ en extremeño se escriba con b en posición inicial y delante de r o l (borregu, possibli, cabra, abril) y bb en posición intervocálica (cabbeça, abbortal, abbonal) cuando suene oclusivo y b si es fricativo (libertosu, barbechu).

- Que /β/ en extremeño se escriba siempre con v: veterináriu, vendel, amava.

-Que se escriba en extremeño con j procedente de yod latina semiconsonántica y de las diversas resoluciones latinas -cul-, -li-, -le-: julgal, esprimiju, mujel, paja.

-Que se escriba en extremeño con j la palatalización de x latina: lejiu, enjambri.

-Que se escriba en extremeño con g cuando proceda de g latina delante de e o i: genti, giba, gengiva, maginal.

-Que se escriba en extremeño con h procedente de aspiración de la f explosiva latina y ciertas f del árabe: huenti, huelli, ahilal, atahárria.

-Que se escriba j o h procedente del árabe conforme a su etimología (j < [ʃ], [x], h < [h], [ħ]): jaqui, jara, mohinu, hata.

-Que se escriba h en palabras de origen onomatopéyico: heu, hipu, himplal, ahurreal, hihiu, hiheal.

-Que se escriba ' en palabras con ataque áspero expresivo o antihiático: 'ave!, 'anda!, vo a 'entral.

De estas decisiones se optó en consecuencia por suprimir de la escritura tanto la h muda del interior de palabra como en posición inicial absoluta: veículu, proibil, avel, erbicida, estória, otel.

-Se ha de escribir con s la aspiración procedente de /s/, /ð/ o /θ/ a final de sílaba, en posición interna o final de palabra: gaspachu, felís, capás, escrevil, Estremaura, ojus, dies.

-Se han de separar con un guión corto [-] los pronombres enclíticos con respecto al verbo: comel-ti, dijendu-si-lu, soñandu-si, cogei-mi-lu, trai-la.

-Se han de escribir los pronombres personales con vocal media en posición proclítica (me, te, se, lo, le, mos, vos) y cerrada en posición enclítica (mi, ti, si, lu, li, mus, vus): lo dizi / dizí-lu, me truju / trujiendu-mi, vos senteis /sentai-vus

-En lo que respecta a la forma del infinitivo delante de los pronombre personales lo, la, le, cabe la opción de representarlo de manera que el hablante estime oportuna, teniendo en especial consideración las formas palatalizadas llu, lla i lli: hazé-lu/hazé-llu/hazel-lu/hazei-lu, sacá-la/sacá-lla/sacal-la/sacai-la.

No dio tiempo a tratar el punto segundo del orden del día sobre la acentuación, así como tampoco la escritura de las frases deícticas con vél i miral. Queda para próxima revisión la representación del sonido oclusivo sonoro [b] en interior de palabra.

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Autodeterminación

El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación:es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad.

La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas o los Pactos Internacionales de Derechos Humanos.

También numerosas resoluciones de la Asamblea General de la ONU hacen referencia a este principio y lo desarrollan: por ejemplo, las resoluciones 1514 (XV), 1541 (XV) ó 2625 (XXV).

Es un principio fundamental del Derecho internacional público y un derecho de los pueblos, que tiene carácter inalienable y genera obligaciones para los Estados. Incluso, de acuerdo con muchos autores, la libre determinación ha devenido norma de ius cogens.